
Publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea el fallo del Auto del Tribunal Europeo del asunto «Gondomar».
Publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea el fallo del Auto del Tribunal Europeo del asunto «Gondomar», en cuyo auto falla:
«La cláusula 5 del Acuerdo marco sobre el trabajo de duración determinada, celebrado el 18 de marzo de 1999, que figura en el anexo de la Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada, debe interpretarse en el sentido de que se opone a la legislación de un Estado miembro que prohíbe con carácter absoluto, en el sector público, la transformación de una sucesión de contratos de trabajo de duración determinada en un contrato de trabajo por tiempo indefinido, cuando tal legislación no contenga, en lo que atañe a ese mismo sector público, ninguna otra medida efectiva para evitar y, en su caso, sancionar la utilización abusiva de sucesivos contratos de duración determinada.«
Auto de fecha 30/09/2020, en español [traducción jurada realizada por el Despacho de Javier Araúz]